Nombre | EXTASIS | |||
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Conocida como | X, E, XTC, Adán, pastillas, pirulas, rulas... La | |||
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Familia | Estimulante-Perturbador/Drogas de Síntesis | |||
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Fórmula | MDMA 3,4-MetilenoDioxiMetAnfetamina | |||
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Origen | Sustancia de origen sintético elaborada en laboratorios ilegales, derivada de las anfetaminas con un ligero efecto alucinógeno. Hasta la fecha, los principales productores son europeos, pero, tanto el material como los conocimientos necesarios para su elaboración son muy elementales, lo cual facilita su producción casi en cualquier lugar. | |||
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Presentación | Tabletas, cápsulas o polvos; las primeras son las de uso más extendido y se presentan en una gran variedad de tamaños, formas y colores con el fin de hacerlas más atractivas y comerciales. Aparecen mezcladas con otras muchas sustancias de “corte”: tiza, detergente,… y algunas con efecto psicoactivo: cafeína, anfetaminas, efedrina… | |||
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Administración | Normalmente se toma por vía oral Inyectado Esnifado | |||
Historia | El MDMA, tiene a sus espaldas un largo recorrido, en 1914 fue patentado en Alemania por los laboratorios Merck como supresor del apetito pero su uso quedó relegado hasta la década de los 50, época en que se rescató con fines experimentales: (interrogatorios, psicoterapias).Los primeros consumos ilegales se detectaron durante los años 60 y 70 en el oeste de EE.UU., lo que propició su prohibición en 1985 en aquel país. Desde la década pasada irrumpe en Europa con una fuerza cada vez mayor. | |||
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Uso terapéutico | Fue creado como un supresor del apetito aunque nunca llegó a comercializarse. En la actualidad no tiene ningún uso terapéutico, aunque en el pasado fue usado por psiquiatras, especialmente americanos, como apoyo en sus terapias. | |||
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Tendencias de Consumo | Veamos algunos datos sobre el consumo en nuestro país: Ver gráfico
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Situación Legal | El Código Penal incluye a las drogas de síntesis como el éxtasis entre las “sustancias que causan grave daño a la salud”. Está perseguida su elaboración, tráfico, promoción o venta. Por lo tanto, aquellas personas que promuevan, favorezcan o faciliten su consumo o lo posean con tales fines, serán penalizados. También será penada la conducción de un vehículo bajo sus efectos. El consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos de éxtasis constituye una infracción administrativa grave a la seguridad ciudadana, según la Ley Orgánica 1/1992 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Es decir, no es un delito, pero sí es una infracción sujeta a sanción administrativa (multa) que puede sustituirse por un tratamiento de deshabituación adecuado. | |||
Dependencia y Tolerancia | Aunque el éxtasis posee capacidad de inducir adicción, el alto número de personas que se supone han empleado esta sustancia a lo largo de las últimas décadas y la inexistencia de poblaciones que mantengan una utilización crónica, parece razonable inferir que el patrón de consumo con el que se ingiere esta droga no favorece el establecimiento de dependencia, aún cuando no esté exento, como se verá, de otros riesgos debido a su toxicidad. Su uso continuado podría favorecer el desarrollo de tolerancia, pero los patrones de consumo compulsivos que se han constatado no permiten hacer todavía afirmaciones categóricas al respecto. | |||
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Síndrome de Abstinencia | Problemas para conciliar el sueño, sensación de decaimiento, cansancio, aumento de reacciones agresivas | |||
Efectos | Los efectos de la sustancia son principalmente de 3 tipos: estimulantes, facilitadores de la comunicación y, en cierto grado, alteradores de la percepción de la realidad. Teniendo en cuenta que casi nunca se sabe con precisión cuales son los componentes de lo que se vende como éxtasis, y por tanto sus efectos pueden variar de forma considerable, se pueden enumerar como consecuencias más frecuentes del consumo de MDMA las siguientes:
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Riesgos | Después de unas horas la euforia inicial da paso a un estado de agotamiento, de tristeza, de ansiedad y agresividad, de ahí las ganas de consumir de nuevo esa misma sustancia u otras que reduzcan la ansiedad (tranquilizantes, alcohol, heroína). Esta fase puede durar varios días por lo que los peligros de nuevos consumos se ven claramente aumentados. Riesgos en el organismo:
Riesgos psicológicos:
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Consumo de menor riesgo | Si a pesar de los riesgos has decidido consumir, ten en cuenta que:
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Detección en la orina | Las analíticas habituales realizadas en orina detectan restos de la sustancia de 2 a 3 días después del último consumo. | |||
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Particularidades | En las primeras apariciones de esta sustancia se la incluyó en lo que se denominaron “drogas de diseño”, aludiendo a la posibilidad de crear drogas “a la carta”, cambiando la estructura química se consiguen sustancias con unos determinados efectos. Hoy en día esta denominación se ha modificado, utilizando la más extendida de “drogas de síntesis”, que alude a su origen sintético. Existe una multitud de sustancias con una estructura química cercana a la de esta sustancia, difícilmente reconocibles por carecer de información del contenido de cada pastilla y utilizar presentaciones semejantes. | |||
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